Visado de estudiante en España

Mejor que aprender, .

Descubre lo que necesitas para venir a España y estudiar nuestra lengua y cultura. No importa de qué país vengas, te facilitaremos toda la información que necesitas para venir a estudiar.

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Procedimiento de
visado en España

Para aprender un idioma de la mejor manera posible, siempre recomendamos una inmersión total. En nuestros cursos de español en Madrid nuestros profesores intentan llevar el idioma y la cultura española a las aulas, pero para sacarle el máximo partido tienes que vivir en España donde te verás obligado a hablar el idioma y aprender la cultura.

De este modo, si quieres venir a nuestro país y aprender el idioma y la cultura más rápidamente, te recomendamos que solicites un visado de estudiante en España.

Estamos aquí
para ayudar

Conseguir un visado de estudiante es un proceso realmente burocrático y querequiere mucho tiempo. Queremos que sepas que estamos aquí para ayudarte, podemos ayudarte a hacer el proceso más fácil para que puedascentrarte en lo que es importante, vivir una gran experiencia en Madrid.

Elija uno de nuestros cursos y le ayudaremos durante todo el proceso.

Procedimiento de visado
español para estudiantes

Dependiendo de su país de origen o de la duración de su estancia, se aplican diferentes normativas. Por favor, ten en cuenta que esta guía sólo está relacionada con las personas que vienen a España a estudiar. Hay otros tipos de visados que puedes solicitar, si quieres más información sobre ellos, te recomendamos que visites la web del Ministerio del Interior.

EU/EEA/Swiss citizens

Los ciudadanos de la Unión Europea están obligados a solicitar el NIE (número de identidad de extranjero) sólo si tienen previsto permanecer en España durante más de 3 meses. Esta solicitud debe presentarse en un plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España.

El NIE será imprescindible a la hora de realizar cualquier tipo de trámite burocrático en España.

Requisitos

  • Formulario oficial gratuito EX-15, original y copia.
  • Prueba del nombramiento.
  • Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor de su país de origen (original y fotocopia).
  • Documentación que acredite su condición de estudiante (carta de confirmación sellada por Spaneasy). Original y fotocopia.
  • Tasa modelo 790 (Cod. 12), 10,60€ pagados en cualquier banco.

visado de estudiante

No ciudadanos EU/EEA/Swiss

Para los ciudadanos de otros países que no están incluidos en la UE, el procedimiento para obtener un visado de estudiante en España puede ser difícil. Hay una cosa que siempre pedimos que se tenga en cuenta, dependiendo de dónde seas, el procedimiento puede tardar más de lo esperado. Esto se debe a que algunos países tienen acuerdos con España y otros no los tienen.

Si vienes a estudiar a España por menos de 90 días, no necesitas un visado, a menos que vengas de un país al que se le exija un visado para entrar en España normalmente. Puedes comprobar si necesitas un visado para tu estancia de 3 meses haciendo clic aquí.

Sin embargo, si piensa estudiar español durante más de tres meses, se le exige un visado. El proceso comienza en tu país de origen, donde tienes que iniciar la solicitud.

Requisitos

  • Ser ciudadano de cualquier país o estado que no sea de la UE, el EEE o Suiza.
  • No se debe negar la entrada en España.
  • Disponer de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y el regreso a su país.
  • Disponer de un seguro de salud público o privado que ofrezca cobertura total en España.
  • En el caso de los alumnos menores de edad que no estén acompañados por sus padres o tutores, se necesita la autorización de éstos, con la acreditación del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y el periodo de estancia previsto.
  • Haber sido admitido en un centro docente autorizado en España para la realización de un programa a tiempo completo, conducente a la obtención de un certificado de estudios

Si la duración de la estancia del estudiante es superior a seis meses, también se exigirá:

  • Si el estudiante es mayor de edad, debe carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen durante los últimos cinco años.
  • No padecer ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones en la salud pública.

Documentación requerida

Nota: En general, se deben proporcionar copias de los documentos, y los originales deben ser exhibidos en el momento de presentar la solicitud.

  • Formulario de solicitud de visado nacional, en modelo oficial, por duplicado, cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante legal en caso de ser menor de edad. Este formulario puede obtenerse aquí.
  • Pasaporte válido con una validez mínima del periodo para el que se solicita la estancia.
  • Documentación certificada que demuestre que el estudiante dispone de los medios económicos necesarios para el periodo solicitado y para el regreso al país de origen.
  • En el caso de alumnos menores de edad, una autorización de los padres o tutores en la que conste el centro, organización y entidad responsable, entre el periodo de estancia previsto.
  • Documentación que demuestre que el estudiante tiene seguro médico.
  • Documentación que acredite que el estudiante ha sido admitido en una escuela/academia.

Si la duración de la estancia del estudiante es superior a seis meses, también se exigirá:

  • Certificado médico
  • Antecedentes penales expedidos por las autoridades del país de origen en el que el estudiante haya residido durante los últimos cinco años.
Nota Importante

Cuando se aporten documentos extranjeros, deberán ser traducidos al español o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Si vienes a nuestra escuela en Madrid, los documentos deben estar traducidos al español. Sin embargo, los formularios estándar de la UE no necesitan ser traducidos.

Todo documento público extranjero debe estar previamente legalizado por la Oficina Consular española.

visado de estudiante

  • El estudiante tiene que presentar la solicitud personalmente.
  • Lugar de presentación: Misión diplomática u oficina consular española en cuyo ámbito resida el extranjero.
  • Tasa: debe pagarse en el momento de solicitar el visado.
  • Plazo de resolución y expedición del visado: el plazo máximo para notificar la resolución es de un mes desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud en la oficina consular competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo, si la Administración no ha dado respuesta expresa, se podrá entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.
  • Si se le concede el visado, deberá recogerlo en un plazo de dos meses a partir de la notificación.
  • La duración de la estancia será igual a los estudios que se realicen, con un máximo de un año.
  • Si la duración de la estancia del estudiante es superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde su llegada a España. Puede solicitarse en la Oficina de Inmigración o en una Comisaría de Policía.
  • El estudiante puede ser autorizado a trabajar en España si el trabajo es compatible con la realización de sus estudios y los ingresos obtenidos son inferiores a los recursos necesarios para la estancia de estudiante.

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